7 sept 2009

PROYECTO DE LEY MORDAZA PARA INTERNET


CENSURÁ ESE BLOG





UNA DE TERROR: Lo acabo de recibir y aún no lo creo. Tengo que salir corriendo para la Facultad, pero quería subir esto que recibí. ¿La muerte de los blogs? ¿El proyecto será de Catucci? Les dejo la inquietud. Pero no es para tomarlo en joda.



Senado de la Nación
Secretaria Parlamentaria
Dirección General de Publicaciones

(S-0209/09)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

ARTÍCULO 1°.-Todo habitante de la República Argentina puede exigir a las empresas de Proveedores de Servicio de Internet (ISP), que se impida o bloquee, en modo absoluto, cualquier tipo de acceso a los contenidos en los que se incluya su nombre o denominación, si ello agraviare a dicha persona.

A los efectos de la presente ley, el término ISP significa e incluye:

a) Los proveedores de acceso (Internet Acces Providers IAP), que son quienes brindan a los usuarios el servicio de conexión a Internet y transmiten al usuario los contenidos;

b) Los proveedores de alojamiento (Hosting Service Providers) que son quienes almacenan los contenidos de los sitios en sus servidores.

c) Los proveedores que ofrecen públicamente programas especiales que se utilizan para la ubicación de contenidos que tengan las particularidades definidas por el usuario.

ARTICULO 2°.- Cuando existan contenidos con información que se consideren perjudiciales a los derechos personalísimos, el eventual damnificado deberá notificar dicha circunstancia en forma fehaciente al ISP. Recibida la notificación deberá iniciar de inmediato todas las medidas necesarias para impedir el acceso de cualquier usuario a los contenidos cuestionados, siempre que éstos fueren objetiva y ostensiblemente ilegales, nocivos u ofensivos para la persona afectada. Asimismo, se deberá en este supuesto informar a la persona afectada, la identidad y domicilio del autor de los contenidos difundidos a través del ISP.

ARTICULO 3°.- Si el ISP no cumpliera con las obligaciones impuestas en artículo 2° será responsable directo de los daños y perjuicios materiales y morales que se ocasionaren a la persona afectada a partir de la fecha de la notificación referida en el artículo 2° de la
presente ley.

ARTICULO 4 Si recibida la notificación por parte de la persona afectada no se procediera a impedir o bloquear, en modo absoluto, cualquier tipo de acceso a los contenidos cuestionados, dicha persona afectada tendrá derecho a recurrir a la justica para que la misma, sin más trámite, resuelva el bloqueo del acceso a los contenidos difundidos o trasmitidos por el ISP.


ARTÍCULO 5°.- La responsabilidad de los ISP que acrediten que se encuentren constituidos y/o radicados en jurisdicciones distintas a la de la República Argentina se impondrá conforme a las siguientes normas:

a) La sucursales, representaciones y sociedades locales controladas, directa o indirectamente, por los ISP extranjeros por personas que controlen ISP extranjeros serán solidariamenteresponsables por las condenas que se dicten en el territorio de la República Argentina cuando la causa o título de dicha condena fuesen responsabilidades definidas en la presente ley.

b) Todos los demás ISP extranjeros deberán someterse a la jurisdicción exclusiva de la República Argentina cuando los contenidos tengan un efecto sustancial directo y previsible en la República Argentina

ARTICULO 6°.- Será competente para entender en esta materia la Justicia Federal.

ARTICULO 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo .

Guillermo R. Jenefes. –


20 comentarios:

Tomás Marino dijo...

O sea que si digo que este proyecto hecho por Guillermo Jenefes es una cag*da y como legislador me parece que es un incompetente, podría llegar a demandar a su proveedor de servicios de internet, o al tuyo, o al mio, ¿o a todos?. Nah, muy bueno. Se nota que entiende de interné este tipo.

Jenefes pasaría a ser un "eventual damnificado (?) de sus derechos personalísimos" y podría pedir que se "impida o bloquee (?), en modo absoluto (?) cualquier tipo de acceso" a los contenidos en los que se incluya su nombre o denominación (??denominación de un habitante???) si ello ""agravia"" al tarado este de Jenefes.

Además de la pésima técnica legislativa, me queda la duda sobre qué es la denominación de una persona de existencia visible. ¿Yo sería "Tomás Marino Per.d.Ex.Vis."?

graciela cortazar dijo...

Un imbecil de "modo abosluto" el autor dle proyecto

Unknown dijo...

Resulta interesante el mero hecho de que en pleno siglo XXI un legislador (abogado, para más datos) redacte semejante proyecto. Por las dudas me voy a memorizar un par de libros...

Meursault dijo...

Imagino que esta prohibición no abarcaría a las páginas de los diarios y conglomerados periodísticos en general, santos defensores de la objetividad y la libertad de expresión!
Espectacular lo de este muchacho! No creo que pase de un chiste... aunque nunca se sabe.

Anónimo dijo...

Es el mismo diputado que proyectó una declaración de condena contra los hechos de violencia contra la Radiodifusora Globovisión en Venezuela y también de una declaración de repudio por los ataques a un periodista por parte del intendente de El Bolsón.
Y ahora este engendro de proyecto o como se pueda llamar a eso? Desconozco las motivaciones de aquellos precedentes y no es que hoy día algo así sea algo sorprendente, lamentablemente, pero igualmente hay que hacerlo notar.
E.S.

Anónimo dijo...

UFFFF, se puede estar cada vez peor...Habría que conseguir los fundamentos de este mamarracho (si es que lo tiene). Para esto propongo contactar al legislador y realizarle una entrevista para publicar en No hay derecho y blogs afines.-
A renglón seguido, si el tema avanza, hacer pública la lista de legisladores que apoyan lo apoyan.-
Saludos
Martín de Neco

Anónimo dijo...

Perdón, me sobró un "apoyan" en mi otra entrada. No piensen nada raro.-
Otro saludo
Martín de Neco

Alberto Bovino dijo...

Martín de Neco:

Estas obsesionado con eso del "apoyo" (legislativo).

Ahí subí los "fundamentos2 de este buen muchacho, y de paso puse su dirección de correo para quien quiera le pida explicaciones, por lo pronto le voy a mandar un correo pidiéndole una entrevista.

Saludos y, por favor, escríbanle.

AB (amigo del libertario senador)

Anónimo dijo...

Rápido para los mandados. Sería interesante mandarle el precedente "Kimel vs. Argentina". Asimismo, leí por ahí que anda dando vueltas un proyecto de 8 legisladores de diferentes partidos para derogar los delitos de calumnias e injurias. Por estos pagos, uno de los candidatos más firmes para integrar la Corte Blogeriana (Mario Juliano, no Laura Bulesevich), ya decretó que es anticonvencional los delitos mencionados en apoyo al precedente citado..Saludos
Martín de Neco
P.D. le voy a mandar un mail que no es de "apoyo"

Anónimo dijo...

Pasen y vean como en el lejano oeste se relata un partido de futbol que termina en empate basandose en el caso KIMEL.
http://www.losandes.com.ar/notas/2009/9/6/policiales-444620.asp

Anónimo dijo...
Este blog ha sido eliminado por un administrador de blog.
Amo la libertad dijo...

A mi me tienta decir que Jenefes es un pelotudo. Un poco por capricho y otro poco porque seguro que tiene esa cosa narcisa de googlear su nombre.

Blogspot tiene buenos metatags asique siempre salta en el top de los listados.Es garantía de que lo va a leer.

Asique ahí tiene: Jenefes, sos un pelotudo.

Cualquiera que con tal ignorancia, presenta semejante mamarracho no merece siquiera otro término y me reservo —y disfruto plenamente— tener la posibilidad y la libertad de poder decir lo que se me da la soberana gana de un legislador.

Que empiece a mandar cartas documentos al ISP de... em. ¿Mi isp?, ¿su isp?, ¿el de bovino? ah no!, cierto que el proyecto es una cagada y no tiene el más mínimo ápice de coherencia.

awka dijo...

adhiero fervientemente el cometnario de "amo la libertad"... say no more... Uno de los problemas más graves de Argentina es que nos sobran los pelotudos.
(no tengo manera académica de decirlo...)

Anónimo dijo...

Gonzalo:

Se dice:

Luego de profundos y variados estudios empíricos, se ha demostrado empíricamente que en la República Argentina hay un exceso de personas cuyos testículos son de tamaño superior al tamaño promedio...

Conclusión: si hay algo que sobra en está república banaera son los pelotudos.

AB

Fran N. Ferrón dijo...

¿vamos a tener que navegar encubriendo el ip? y bue.. pasaremos a la clandestinidad para postear jaja

Anónimo dijo...

crecerá el negocio de los cybers!

Roger SCHULTZ dijo...

justo cuando estaba leyendo tu blog, me llego tu comment, casualidad!!

Me parece muy acertado el comment que me dejaste: "...nos están testeando para ver hasta dónde pueden llegar, y por eso hay que reaccionar lo mñás agresivamente...."


ES CIERTO, SI NO DECIMOS NADA, SI NOS QUEDAMOS CALLADOS, CADA VEZ VAN A AVANZAR UN PASO MAS SOBRE NUESTRAS LIBERTADES

Por suerte los medios se han hecho eco de este problema, aunque con la cantidad de noticias que genera en estos días nuestro gobierno, dudo que tengamos demasiada relevancia!

Gaviota dijo...

De acuerdo con Tomás. Qué pésima técnica legislativa. Personalmente, no creo que pretender defender a las víctimas de ataques virtuales sea malo. Esto, sin embargo, es un atentado contra la decencia jurídica.

Enrique Gabriel Kaltenmeier dijo...

Gracias a Jenefes, estamos armando un blog sobre blogs y libertad de expresión. http://fedarblog.blogspot.com/
Los invito.

Anónimo dijo...

Intento de análisis del proyecto de Jenefes:
http://fedarblog.blogspot.com/2009/09/analisis-doctrinario-juridico-y.html