10 jul 2007

DEL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO AL DERECHO PENAL RESUMIDO

martes, mayo 08, 2007
Proyecto de nueva legislación penal
Decreto No. 666


Asamblea Legislativa



Considerando:

I- Que ya mucha fregadera (por usar palabras menos altisonantes) o tembladera de manos de los jueces para meter en chirona a tanto malacate que anda suelto fregando gente honesta, alegando tecnicismos y trinquetes de la legislación penal y procesal penal vigente.

II- Que ya nos aburrimos de hacer tanta reforma de letritas y frases.

III- Que ya nos aburrimos de leer tanto proyecto de ley hecho por consultores que no se les entiende.

IV- Que dado el achique de los tiempos parlamentarios por vacaciones anticipadas y puentes improvisados y la urgencia de un cambio normativo, hace obligatoria la máxima inversión del tiempo e inteligencia de los honorables diputados que somos.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Seguridá Pública y Justicia,


Decretase la siguiente:

Ley penal condensada y resumida

Art. 1. De la Ley Penal Sustantiva.

Es delito todo aquella conducta, acción, discurso, gesto o apariencia que la Policía o la Fiscalía consideren a su criterio como tal. La pena imponible por dichos delitos no es excarcelable y durará un mínimo de cinco años y un máximo indefinido, establecido por los jueces.

Art. 2. Del Proceso Penal

Los jueces de la república deberán condenar contundentemente toda acción delictiva así reputada por las autoridades encargadas.

Se omite la necesidad de juicio, para hacer más expedito el procedimiento y evitar incidentes relativos a derechos humanos que puedan surgir.

Art. 3. Del Tratamiento Penitenciario.

Toda persona condenada será llevada a un centro penitenciario a cumplir su pena. El estado proveerá el transporte a dicha instalación.

Se tendrá un criterio de carga máxima por centro penal, el cual se rige por el indicador del total de personas que quepan parados dentro de las cuatro paredes del recinto. En caso se llegar a carga máxima, se podrán usar instalaciones alternativas como contenedores de agua debidamente vaciados.

Una vez lograda una plaza en un centro penitenciario, sea por liberación, fallecimiento natural, provocado, inducido o por olvido, se trasladará al condenado según orden de llegada.

Art. 4. Disposiciones transitorias.

Las disposiciones de la presente Ley, por su carácter especial, prevalecerán sobre cualesquiera otras que la contraríen.

Derogase el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley Penitenciarias vigentes desde el 20 de abril de 1998.

Cualquier cuestión no prevista en esta normativa, es problema de la Corte Suprema de Justicia. Si se dejan.

Dado en el Salón Nacional el 29 de febrero de 2007.

Publicado por Edgardo A. Amaya Cóbar en http://seguridadyjusticia.blogspot.com/

9 jul 2007

¡CHAU, NO FUMADORES!

Si yo fuera el dueño de esta línea aérea, llevaría un registro de todo los fundamentalistas que apoyan la ley 1.799 —no de los no fumadores que promueven una convivencia pacífica con nosotros, los adictos— y los pondría en la lista negra, no permitiéndoles comprar un pasaje. Y si insisten, les respondería: "señor, señora, lo hacemos por su bien".

TENDENCIAS: ¿HOLA PUCHO?

LAS IDEAS NO SE MATAN. Y LAS ADICCIONES TAMPOCO

Los fumadores piden pista

Una compañía alemana permitirá fumar a bordo. Proyecta empezar a operar el año próximo. Dará un servicio de lujo.



Grisel Isaac.
gisaac@clarin.com


Como si se tratara de una humorada dirigida hacia los antitabaquistas, el 26 de marzo de 2007 empezaría a volar Smintair (Smoker International Airways, Líneas Aéreas para Fumadores), una aerolínea que, como su nombre lo indica, permitirá fumar a bordo.

Sin embargo, el principal objetivo que se ha propuesto el empresario alemán Alexander Schoppmann —ideólogo de Smintair y ex agente de bolsa— es devolver al transporte aéreo el encanto de volar. En este proyecto está trabajando —licencia, sponsors, inversores— desde hace un año y medio.

En principio las dos máquinas Boeing 747-400 que tendrá la compañía aérea unirán las ciudades de Düsseldorf (Alemania) y Tokio (Japón) con una configuración de lujo: 30 butacas de Primera Clase, 108 de Business y un salón de estar en la parte superior, con pocos asientos, enteramente dedicada al disfrute y confort del pasajero.

Lejos de los aviones de filas interminables y asientos estrechos, Smintair se propone tratar a los pasajeros como si fueran huéspedes de un hotel a toda pompa y glamour y devolver la exclusividad de los viajes de la década del 60 o los que realizaba el ya retirado Concorde. Las azafatas vestirán uniformes diseñados por modistos de fama mundial —trajes que se renovarán cada dos años para estar siempre a la moda— y los pasajeros podrán acceder a lo último en tecnología (teléfono, TV, DVD, MP3, Internet). Dicen en la compañía, que gastarán en comida más de tres veces de lo que usualmente se invierte en este rubro: "Recetas creadas por chef de renombre internacional, harán de cada comida un banquete".

Se sabe, tantas atenciones y consideraciones para el confort del pasajero tienen su costo. Un pasaje ida y vuelta en Primera costará 10 mil euros, mientras que en Business será de 6.500.

Curiosamente, en la web de la aerolínea (smintair.com) se explica que el aire de la cabina de sus aviones será más fresco que el que ofrecen otras aerolíneas que prohiben fumar. Se debe, según explica Schoppmann, porque Smintair utilizará un proceso de extracción del aire que quema más combustible.

Según teoriza el empresario, la restricción del tabaco en los aviones no se debió a la presión de los no fumadores. El motivo estuvo, en cambio, en la decisión de las líneas aéreas de recortar gastos en combustible y filtros de aire acondicionado. "Antiguamente el aire fresco era dirigido desde afuera hacia el interior de la cabina. Hoy, se hace circular el aire a través de los filtros y se bombea el viejo aire de vuelta en la cabina. El resultado es que la aerolínea ahorra dinero y Ud. se gana un dolor de cabeza".

EN CLARIN DEL 24/9/2006

8 jul 2007

PROMISCUIDAD

LA APLICACIÓN BASTARDA DE "LLERENAS"

La justicia no deja de asombrarnos. Desde el ombligo de este país, siempre pensamos que ese excelente fallo de la Corte que Silvina Manes supo conseguir sólo podía tener efectos positivos. Sin embargo, el poder judicial tiene una imaginación sin límites.

En muchas ciudades del interior, como sucede con la ciudad donde nací, Concepción del Uruguay, hay un solo juzgado federal. Sin haber pensado nunca en ese problema, hace unos días nos enteramos cómo funciona desde que la Corte dictó LLerenas en los procesos correccionales. Muy simple: el titular del tribunal se aparta de todos los casos cuando los eleva a juicio, y sólo quedan los abogados ad-hoc (conjueces de esos que la Corte declaró inconstitucionales).

Los abogados que litigan ante el juzgado no deben ser muchos, así que puede darse la siguiente escena, por ejemplo:

Entra el abogado García y se dirige a Mesa de Entradas, seguido por el Abogado Lima. Una vez en la mesa de entradas García pregunta: ¿"Podría ver los expedientes 888 y 999?"

El empleado le dice: "Están los dos a despacho".

García: "Ya sé que el 888 estaba a despacho, aquí le traje el auto que resuelve el incidente de prescripción". "Una pregunta: ya sé que el 999 está a despacho, pero ¿no sabe qué pasó con la recusación que presenté —soy el apoderado de la querella— contra el conjuez Lima?".

El empleado niega con la cabeza. García mira a Lima y le dice. "Dr. Lima, ¿cuándo va a hacer lugar a la instrucción suplementaria que presenté como defensor de José Lito?". Lima le dice: "En este momento no recuerdo, pero si pasa por mi estudio le contesto y, de paso, nos sentamos a redactar entre los dos la citación a juicio en esa causa de injurias en la que somos co-defensores, ¿le parece?".

¿Viva la imparcialidad!

1 jul 2007

SALUDABLE Y LIBRE DE HUMO




GRACIAS A LOS CIVILIZADOS AVANCES LEGISLATIVOS, NADIE SUFRIÓ DAÑOS A SU SALUD PROVOCADOS POR TERCEROS.





SI HUBIERA INTERVENIDO NUESTRA LEGISLATURA, ESTO NO HABRÍA SUCEDIDO


El boxeo se cobró otra muerte

El boxeador estadounidense Leavander Johnson falleció producto de los golpes que recibió en una pelea celebrada en el hotel y casino MGM de Las Vegas, frente al mexicano Jesús Chavez.
Johnson defendía por primera vez la corona de la Federación Internacional de Boxeo.
Es la segunda muerte en dos meses de un boxeador en la ciudad de Las Vegas, el 2 de julio había fallecido el mexicano Martín Sánchez.


¿CÓMO SE PERMITE QUE SE HAGA PUBLICIDAD SOBRE ESTAS PELEAS? ¿A NADIE SE LE OCURRIÓ PENSAR QUE ES LA PUBLICIDAD LA QUE PRODUCE LA MUERTE?